14 Feb Deducciones Madrid acogimiento familiar de menores
Posted at 15:58h
in Sin categoría
Por acogimiento familiar de menores
Cuantías de la deducción menores en régimen de acogimiento
- Será de 600 euros por primer menor.
- Será de 750 euros por segundo menor.
- Será de 900 euros por tercer o sucesivo.
Requisitos y otras condiciones
- El acogimiento podrá ser simple, permanente, administrativo o judicial.
- Solo se computarán los menores en régimen de acogimiento por más de 183 días.
- Contribuyente y menor deberán convivir al menos 183 días.
- La suma de las bases imponibles general y del ahorro no podrá superar los 25.620 euros en tributación individual y los 36.200 en la conjunta.
- Cuando los menores sean acogidos por matrimonios, el importe de la deducción se dividirá en partes iguales.