12 Feb Deducciones Galicia acogimiento de menores
Posted at 14:46h
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Por acogimiento de menores
Cuantías de la deducción
- Será de 300 euros por menor, siempre que el contribuyente conviva con este por un tiempo igual o superior a 183 días.
- Será de 150 euros por menor en régimen de acogimiento, siempre que el tiempo de convivencia sea menor a 183 días y superior a los 90 días.
Requisitos y otras condiciones
- Si la adopción ocurre durante el periodo impositivo, no habrá derecho a la deducción.
- El órgano competente de Galicia deberá formalizar el acogimiento del menor.
- Si el menor es acogido por un matrimonio, la deducción se dividirá en partes iguales.
- Si el menor fuese acogido por una pareja de hecho, el importe de la deducción se dividirá en partes iguales.